| Asambleas Se convocará anualmente a Asamblea General Ordinaria, en donde se rendirá cuenta documentada y además en cada oportunidad que la Administración lo considere necesario o lo solicite por escrito el 25 % de los copropietarios, se procederá a citar a Asamblea Extraordinaria, celebrándose las mismas en el lugar que indique la Administración o en el que prefieran los consorcistas. |